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Efectivo — Efecto al Descuento — Efecto Asignación — Efecto Cascada

Efectivo. Cantidad de dinero líquido (billetes de bancos y monedas metálicas), cuya magnitud pueden estar en manos del público (como personas físicas, empresas, gobierno, etc.), o en depósitos en poder del sistema crediticio (activos de caja del sistema bancario). E.i.: liquid assets, cash.

Efecto al Descuento. Aquel efecto entregado al banco para su descuento y que queda pendiente de cobro al vencimiento. E.i.: discounted bill.

Efecto Asignación. Aquella parte del rendimiento de una cartera que, en la atribución de rentabilidad, se importa al hecho de que la composición de la cartera, por razones tácticas, no haya sido igual a la designada, como objetivo. Se calcula como la diferencia entre la rentabilidad que hubiese obtenido la cartera objetivo, si para cada segmento se hubiese obtenido la rentabilidad del índice de referencia, y la rentabilidad de la cartera real, como si para cada uno de los segmentos, se hubiese obtenido la rentabilidad del índice de referencia. E.i.: allocation effect.

Efecto Cascada. Este se produce en cierta clase de impuesto, cuando se aplica sobre el valor total de una mercancía cada vez que es objeto de una transacción. Es lo que sucedía en España con el impuesto sobre tráfico de empresas (ITE) antes de su sustitución por el IVA en 1986. También puede apreciarse en la imposición sobre la renta de sociedades, si ésta se atiene a la mera titularidad jurídica, por su sucesiva reiteración en más de una entidad. Véase avoir fiscal. E.i.: cascade effect.