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Letra de Cambio Domiciliada — Letra de Cambio Aceptada — Letra de Colusión — Letra de Empresa

Letra de Cambio Domiciliada. Es la que señala un domicilio de pago, distinto al del librado, generalmente un banco. En lenguaje bancario, la que además de domiciliada, está aceptada. E.i.: domiciled bill of exchange.

Letra de Cambio Aceptada. Aquella letra que ha sido aceptado por el librado, bien con la mención expresa acepto, o simplemente estampado su firma en ella, reconociendo así la deuda. E.i.: accepted bill of exchange.

Letra de Colusión. La emitida mediando un pacto fraudulento entre el librador y el librado, no existiendo compraventa de mercancías o prestación de servicio que justifique su libramiento. Véase colusión y letra de pelota. E.i.: kite.

Letra de Empresa. Fue el antecedente el pagaré de empresa. Era una letra de cambio librada por un banco y aceptada por una empresa, que se ponía en circulación mediante endoso en blanco. En desuso, en España, desde 1985. E.i.: accepted bill of exchange.