La actividad aseguradora, tiene su propia forma de expresarse, a continuación, una serie de términos de uso frecuente:
Seguro: Entendido como contrato, es el convenio entre dos partes, la compañía o entidad aseguradora por una parte y el tomador o contratante por otra, mediante la cual la primera se compromete a cubrir económicamente la pérdida o daño que el asegurado puede sufrir durante la vigencia del contrato. La obligación del asegurado es pagar, el precio del seguro total o parcialmente.
Riesgo: Es la posibilidad de pérdida o daño. La persona o individuo desde que nace vive con la constante amenaza de enfermedad, accidente, muerte. Igualmente, sus propiedades pueden sufrir robos, incendios, derrumbes, etc.
Siniestro: Es la concreción del riesgo.
Asegurador: Es la persona jurídica que suscribe el compromiso de ofrecer la protección indemnizatoria cuando se produce el siniestro.
Tomador: Es la persona física o jurídica que firma el contrato y paga su precio.
Asegurador: Es la persona titular del interés asegurado. Es quién sufre el perjuicio económico en sus bienes en caso de ocurrir el siniestro o la persona cuya vida o integridad física se asegura. Es quién percibirá la indemnización en caso de que un siniestro afectase al objeto o bien asegurado, en los seguros de vida, el que recibe la indemnización en caso de muerte es el beneficiario.
Beneficiario: Cuando se asegura la vida o la integridad física de una persona o individuo, puede designarse a otra persona para que reciba las indemnizaciones.
Póliza: Es el documento en el que se plasma el contrato de seguro. Las dos características que la hacen importante son: 1) Es la prueba de que el contrato existe, 2) Es la normativa que regula las relaciones entre las partes contratantes.
Prima: Es el precio del seguro. Es el monto de dinero que la tomadora para para que, a cambio, el asegurador pague en caso de siniestro. Las primas pueden ser: a) Prima de riesgo; b) Prima de tarifa; c) Prima de facturación.
Clasificación
Los seguros se pueden clasificación en dos grandes grupos:
i) Seguros de Vida
ii) Seguros de No Vida.
i) El seguro de vida es aquel en el que una entidad aseguradora se compromete a través del cobro de una prima única o periódica a pagar la prestación convenida en caso de que se cumpla la circunstancia prevista en el contrato. Las modalidades de estos seguros son: seguros de vida en caso de muerte; seguros de vida en caso de vida; y seguros de vida mixtos.
ii) Los seguros de No Vida, van dirigidos a cubrir daños materiales que ocasionan pérdidas económicas. Siendo los más frecuentes de: automóviles, incendios, robos. En estos casos, las prestaciones o indemnizaciones están en función de la cuantía del daño.