Fondos de Ingresos Especiales

Los fondos de ingresos especiales son de la misma naturaleza que el fondo general, su diferencia básica reside en que el uso de los fondos especiales están generalmente limitados a un único fin.

Estos fondos provienen de impuestos o de otras fuentes de ingreso fiscal, por ejemplo, para financiar instituciones tales como: escuelas, parques, hospitales o instituciones de beneficio.

Generalmente la institución es parte de una unidad gubernamental, una municipalidad, por ejemplo. Si la institución es (una unidad de gobierno) independiente, el fondo constituye el fondo general de ese “gobierno” particular.  Por ejemplo, un estatuto puede estipular que el producto de cierto impuesto o que otros ingresos, se usen únicamente para fines educacionales.  En caso de que las escuelas estén dirigidas por una junta autónoma, dichos ingresos constituyen el fondo general de la junta.

Por otra parte, si las escuelas son parte del gobierno o de la municipalidad, lo recaudado constituye un ingreso especial destinado a la operación de las escuelas.

En vista de que la contabilidad del fondo especial es similar a la. del fondo general, se deben aplicar los principios de éste a aquél. La discusión del fondo general debe entenderse como aplicación también a los fondos de ingresos especiales.
 

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