Indemnización

La indemnización es un beneficio adicional que percibe el dependiente de una empresa siendo equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado.

Este beneficio se reconoce automáticamente cuando el dependiente es retirado sin justificación alguna o cuando éste hubiera cumplido cinco años de servicio continuo.

Su origen, forma de cálculo y tratamiento contable se describió en acápite referido a la preparación de planillas de sueldos y salarios.

Recalculo de la indemnización

Como este beneficio es de carácter acumulativo debe ser calculado en función al total ganado de cada dependiente y contabilizado por duodécimas en las correspondientes planillas de sueldos y salarios, procedimiento que idealmente debiera exponer en la cuenta Previsión para indemnizaciones a la finalización del año, el equivalente a un sueldo por cada empleado. Sin embargo, en el transcurso del año se suscitan incrementos en los haberes tanto por disposiciones legales como por acuerdos contractuales entre partes, hechos que distorsionan la acumulación mensual y total de tal beneficio no guardando relación con la nueva remuneración a la finalización del año. Razón por la cual, anualmente debe efectuarse el Recalculo de la indemnización empleado por empleado tomando en cuenta lo siguiente:

Total ganado, promedio de los últimos tres sueldos o salarios con respecto a la fecha del recalculo.

Fecha de ingreso a la empresa.

Antigüedad (años, meses y días) en la empresa hasta la fecha de efectuarse el recalculo correspondiente.

Factor de recalculo (siempre que se utilicen tablas)

Ajuste de la indemnización

Efectuado el recalculo de la indemnización para cada empleado se deberá proceder a la regularización contable sóbrala base del devengado.

Para demostrar su aplicación práctica de este beneficio plantearemos el siguiente supuesto:

31 de diciembre de 1997.Almacenes “Rosita” requiere recalcular las indemnizaciones en favor del personal, para tal efecto cuenta con la siguiente información:

Planilla de sueldos y salarios - Estado de antiguedad del personal

Para utilizar la tabla acabada de exponer cebemos seguir el siguiente procedimiento:

1. Identificar en la primera columna el día específico cuando el trabajador ingreso a la empresa.

2. Hacer coincidir el día con el mes de ingreso del empleado para encontrar el factor que le corresponde.

3. Los factores que integran la tabla están precedidos del cero seguidos de la coma decimal. Es decir, si tomamos un factor al azar 99722, para fines de cálculo debe expresarse como 0.99722 y en reemplazo del cero incluir el número de años que presta servicio el empleado.

Ejemplo:

Si queremos recalcular la indemnización para Armando Villa sabiendo que su promedio salarial es $ 5.575.00 y tiene una antigüedad de 5 años, 11 meses y 24 días utilizaremos la tabla según lo descrito en párrafo anterior.

En la primera columna identificamos el día 24 y seguimos en sentido horizontal hasta encontrar la columna titulada 11 y habremos encontrado el factor 0,9833, seguidamente sustituiremos el cero por los años de servicio, es decir: 5,9833 que constituye el factor a multiplicar por el promedio de sueldos tal como se demuestra en el estado que seguidamente presentamos.

Planilla de sueldos y salarios - Estado de previsión para indemnizaciones

De no tener a mano dicha tabla el cálculo tiene que realizarse manualmente, es decir calculando la indemnización separadamente por años, meses y días, como sigue:

Armando paredes:

Planilla de sueldos y salarios - Indemnizaciones

Debemos ser reiterativos y puntualizar lo siguiente:

Pese a contabilizarse mensualmente la Previsión para indemnizaciones, al cierre de cada ejercicio necesariamente se debe recalcular la misma, en razón durante el año puedan suscitarse aumentos de sueldos en la totalidad o parte de los empleados hecho que incide directamente sobre el saldo de la cuenta, además que se adiciona un año de servicio por empleado.

Por tanto; una vez cuantificada la previsión requerida para el personal al 31 de diciembre de 1997, regularizamos de la siguiente manera:

Planilla de sueldos y salarios - Indemnizaciones

El registro a practicar es:

Planilla de sueldos y salarios - Registro contable Indemnizaciones

Mayorizada la registración del ajuste, el mayor de la cuenta en cuestión presentara la siguiente información:

Planilla de sueldos y salarios - Previsión para indemnizaciones - Mayor T

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